La Ley de Vivienda Asequible, propuesta el 9 de septiembre de 2026, todavía no es ley: fijaría lo que una ciudad debe demostrar (tensión en el mercado de la vivienda, tres años de perjuicio y ausencia de una alternativa menos restrictiva) antes de restringir los alquileres de corta duración, y eximiría las residencias principales. Esta guía separa la propuesta de las normas de la UE en vigor desde el 20 de mayo de 2026 y explica qué hacer ahora.

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Empezar gratisEl 9 de septiembre de 2026, la Comisión Europea propuso la Ley de Vivienda Asequible, un proyecto de Reglamento de la UE (COM(2026) 599) que da a ciudades y regiones un marco común para restringir los alquileres de corta duración en «zonas con tensión en el mercado de la vivienda». Es una propuesta, no una ley: el Parlamento Europeo y el Consejo todavía tienen que ponerse de acuerdo, e incluso entonces por sí sola no prohibiría ni limitaría nada, porque cualquier restricción sigue siendo una decisión local que debe estar respaldada por pruebas y no puede dirigirse contra la residencia principal de un anfitrión. Lo que ya se aplica es el reglamento de la UE sobre datos de alquileres de corta duración, en vigor desde el 20 de mayo de 2026: números de registro en los anuncios y comunicación de datos por parte de las plataformas allí donde exista un sistema de registro.
Este artículo explica una propuesta legislativa y las normas de la UE en vigor para los anfitriones. No constituye asesoramiento jurídico. Situación comprobada el 8 de octubre de 2026.
El texto es una propuesta de Reglamento «por el que se establece un marco para las medidas de los Estados miembros destinadas a salvaguardar la asequibilidad y la disponibilidad de la vivienda», conocida como la Ley de Vivienda Asequible (procedimiento 2026/0268 (COD)). Viene acompañada de una Recomendación de la Comisión sobre el aumento de la oferta de vivienda en esas mismas zonas, y ambas forman parte del Plan Europeo de Vivienda Asequible que la Comisión presentó el 16 de diciembre de 2025.
El razonamiento de la Comisión, expuesto en sus preguntas y respuestas sobre la Ley: la actividad de alquiler de corta duración en las cuatro grandes plataformas creció un 93 % entre 2018 y 2024 y se concentra en las zonas con mayor presión sobre la vivienda. Las autoridades que han intentado limitarla se han enfrentado a recursos judiciales sobre su compatibilidad con el Derecho de la UE, y las autoridades nacionales y locales pidieron a Bruselas más seguridad jurídica.
La Ley responde a esa petición de dos maneras. Establece una prueba común que una autoridad debe superar antes de restringir los alquileres de corta duración por motivos de vivienda y, a cambio, da a esa autoridad la seguridad jurídica de que una medida que supere la prueba es compatible con el Derecho de la UE. La Comisión subraya que la Ley «no exige, prescribe ni recomienda restricciones» y no crea ninguna restricción a escala de la UE: las autoridades siguen usando las herramientas que ya les da su derecho nacional, como las restricciones al uso no principal o la autorización para el cambio de uso.
Una ciudad, región o autoridad nacional que quisiera restringir los alquileres de corta duración para proteger la vivienda tendría que seguir estos pasos, establecidos en los artículos 5 a 13 del Reglamento propuesto:
La propuesta también excluye estas medidas sobre alquileres de corta duración de la Directiva de Servicios, incluido su procedimiento de notificación, y lo sustituye por esta prueba específica de vivienda.
Sí, y es la protección más clara para los anfitriones particulares. El artículo 5 limita las restricciones adoptadas por motivos de vivienda a alojamientos que no sean la residencia principal del anfitrión, y el considerando 27 lo califica de salvaguardia mínima: las autoridades pueden eximir más categorías, nunca menos. Una residencia principal es la vivienda en la que vives habitualmente y donde está el centro de tus intereses, según se defina con más detalle en el derecho nacional.
Dos advertencias. Primera: la exención cubre las restricciones adoptadas en virtud de esta Ley por motivos de vivienda. Las normas adoptadas por otros motivos, como la seguridad pública, la protección de los consumidores, el medioambiente o el patrimonio cultural, quedan fuera de la Ley y siguen el derecho vigente. Segunda: no elimina tus obligaciones de registro. Cuando registras una unidad con arreglo al reglamento de datos, ya declaras si es tu residencia principal, una residencia secundaria o se destina a otros fines, y es probable que las autoridades se basen en esa declaración para distinguirlas. Hazla con exactitud.
No. Es una propuesta de la Comisión que ahora sigue el procedimiento legislativo ordinario: el Parlamento Europeo y el Consejo (los gobiernos de los Estados miembros) fijan cada uno su posición, negocian y deben adoptar el mismo texto. Cualquiera de los dos puede modificar cualquier punto, incluidos los umbrales y la exención de la residencia principal, y no se ha anunciado ninguna fecha de adopción.
Si se adopta, será un Reglamento, por lo que se aplicaría directamente en todos los Estados miembros sin transposición nacional, y entraría en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial. Incluso entonces, nada cambia por sí solo para los anfitriones. Solo habrá una restricción si una autoridad local o nacional decide actuar, realiza la evaluación y publica una medida. Las medidas adoptadas antes de que la Ley entre en vigor no quedan cubiertas en absoluto: las normas existentes, como los topes de noches que ya se aplican a las residencias principales en Francia, siguen sujetas al derecho que las rige hoy.
La norma que está en vigor hoy es el Reglamento (UE) 2024/1028 sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, que se aplica desde el 20 de mayo de 2026. No restringe el alquiler. Armoniza la transparencia allí donde un Estado miembro decida tener un sistema de registro:
Los dos textos encajan. El reglamento de datos da a las autoridades cifras fiables sobre dónde y cuánto se alquila a corto plazo; la Ley propuesta les dice cómo usar esas cifras antes de restringir nada, y convierte el cumplimiento del registro en una condición previa.

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Es una propuesta de Reglamento de la UE presentada por la Comisión Europea el 9 de septiembre de 2026 (COM(2026) 599). Establece un método común para identificar las zonas con tensión en el mercado de la vivienda y las condiciones que una autoridad debe cumplir antes de restringir los alquileres de corta duración u otros usos de la vivienda distintos de la residencia principal en esas zonas. Forma parte del Plan Europeo de Vivienda Asequible de diciembre de 2025.
No. La Comisión afirma que la Ley no exige, prescribe ni recomienda restricciones y no introduce ninguna prohibición a escala de la UE. Fija la prueba que una ciudad debe superar si decide restringir los alquileres de corta duración: tensión demostrada en el mercado de la vivienda, al menos tres años de perjuicio significativo, ausencia de una alternativa menos restrictiva y una medida limitada a cinco años.
Sí. Según la propuesta, las restricciones adoptadas por motivos de vivienda solo pueden aplicarse a alojamientos que no sean la residencia principal del anfitrión, y las autoridades pueden eximir más categorías. Las normas adoptadas por otros motivos, como la seguridad pública o el patrimonio cultural, y las obligaciones de registro siguen aplicándose.
No hay fecha fijada. La propuesta debe seguir el procedimiento legislativo ordinario, y el Parlamento Europeo y el Consejo pueden modificarla. Si se adopta, el Reglamento entraría en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial y se aplicaría directamente, pero no cambiaría nada para los anfitriones hasta que una autoridad adopte una medida en virtud de él.
El Reglamento (UE) 2024/1028 se aplica desde el 20 de mayo de 2026. Allí donde un Estado miembro tenga un sistema de registro, los anfitriones necesitan un número de registro por unidad, las plataformas deben asegurarse de que se muestre en los anuncios y comprobarlo, las plataformas comunican a las autoridades las noches y el número de huéspedes, y los anuncios sin un número válido pueden retirarse.
Las medidas adoptadas antes de que entre en vigor la Ley de Vivienda Asequible no quedan cubiertas por ella y siguen rigiéndose por las normas que se les aplican hoy. Las autoridades pueden optar por revisar una medida existente con arreglo al nuevo marco.
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